Al no ser necesario entrega de documento, el plazo de garantía cuenta desde la fecha que figura en la factura de compra. Sin embargo, en caso de que se selle un documento de garantía el plazo de dos años (o de un año en caso de artículos de segunda mano) contará desde esa fecha de sellado. Ese plazo de garantía, en caso de avería causada por defectos de origen, se ve interrumpido durante el tiempo que duren las reparaciones en taller y/o el tiempo que lleve al cliente obtener la sustitución de su vehículo, reanudándose a continuación.
Aparte está el plazo para reclamar los defectos que surjan durante ese tiempo: ese plazo de reclamación es de tres años, contados desde la entrega, que suele coincidir con la fecha de la factura. El defecto debe ser comunicado al concesionario en los dos meses siguientes a aparecer.