La reforma sufrida por la Ley de Seguridad Vial, en mayo de 2014, estableció la obligación del uso del casco para los conductores y ocupantes de bicicletas y ciclos en general, pero especial y expresamente, se fijó esa obligación para los menores de 16 años.
Por tanto, al no fijar ninguna excepción, todos aquellos niños y niñas que vayan en bicicleta deberán hacer uso del casco de protección, ya que, en caso contrario, podrían ser multados por ello. Recordemos que también deberán hacer uso del casco aunque viajen como ocupantes de la bicicleta conducida por un mayor de edad.
En estos casos, la responsabilidad por las infracciones cometidas por un menor de 18 años recaerá, solidariamente, en sus padres, quienes deberán hacerse cargo del pago del importe de la sanción que se imponga al menor por la falta de uso del casco.
En este sentido, hay que recordar que, la multa para este tipo de infracciones graves, es de 200 euros.