Los talleres de reparación de vehículos en España deben utilizar en su actividad piezas o elementos nuevos y según cada modelo de vehículo, pero existen excepciones:
1.Previa conformidad escrita del cliente, los talleres podrán instalar elementos, equipos o conjuntos reacondicionados o reconstruidos por los fabricantes de los mismos, por los servicios autorizados por éstos, o por industrias especializadas autorizadas expresamente por el Ministerio de Industria y Energía.
2.Previa conformidad escrita del cliente, los talleres podrán instalar determinados elementos o conjuntos usados, reconstruidos por talleres especialistas, expresamente autorizados por el Ministerio de Industria y Energía, para la utilización exclusiva de éstos en las reparaciones que ellos efectúen en vehículos, cuyos modelos incorporen el conjunto reconstruido, siempre que el taller se responsabilice también por escrito de que tales conjuntos se hallan en buen estado y ofrecen suficiente garantía.
3.Previa conformidad escrita del cliente, podrán utilizarse piezas usadas o no específicas del modelo de vehículo a reparar, siempre que el taller se responsabilice por escrito de que las piezas usadas se encuentran en buen estado o de que las piezas no específicas permiten una adaptación con garantía suficiente en el modelo de vehículo que se repara, en los casos siguientes:
-Por urgencia justificada.
-Por ser elementos de modelos que han dejado de fabricarse y de figurar en las existencias normales de los almacenes de repuestos.
-Por cualquier otra razón aceptada por el usuario; siempre y cuando no afecte a elementos activos o conjuntos de los sistemas de frenado, suspensión y dirección del vehículo.
Las piezas o recambios deben llevar como referencia la marca del fabricante y en su caso, la homologación del Ministerio de Industria y Energía. En piezas pequeñas, si no es posible referenciar en ellas la marca, deberá constar ésta en etiquetas o en el paquete que las contenga.
Queda prohibido a todos los talleres instalar en los vehículos automóviles, piezas, elementos o conjuntos cuya utilización no esté permitida por el Código de la Circulación.
Al final de la reparación puede exigirse la exhibición de los elementos sustituidos, estando además obligado el taller a entregar dichas piezas.