La pérdida por segunda vez, o en las sucesivas veces del carné, por la pérdida total de puntos, cuando se produzca dentro de los 3 años siguientes a la recuperación de la anterior pérdida, supondrá que el plazo en el que deberá estarse sin conducir sea de un año para los conductores normales, y de 6 meses para los profesionales (quienes consten en su contrato laboral como conductores o quienes sean autónomos del transporte).
Hay que recordar que, tras el tiempo obligatorio sin conducir, en cada uno de los casos, el conductor deberá realizar un curso de sensibilización y reeducación vial -con una duración de 24 horas- y, posteriormente, superar el correspondiente examen teórico; en estos casos, el carné obtenido tendrá 8 puntos, que pasará a ser de 12 puntos transcurridos 2 años sin ser sancionado con alguna nueva multa con pérdida de puntos.
Por tanto, resumiendo, en contestación a la pregunta, se debe destacar que, cuando se produce por primera vez -o pasados 3 años desde la primera o sucesivas- la pérdida total de puntos,el tiempo que se debe estar sin conducir es de 6 meses para los conductores normales y 3 meses para los profesionales; pero como hemos señalado anteriormente, cuando la nueva pérdida se produce dentro de los 3 años siguientes a la pérdida anterior, el tiempo aumentará hasta 1 año para los conductores normales y 6 meses para los conductores profesionales.