Noventa euros es la multa establecida por circular sin autorización por una de las cuatro áreas de prioridad residencial que existen en Madrid, en las que desde el uno de noviembre rigen los nuevos criterios de acceso y funcionamiento consensuados con los vecinos.
Además, el ayuntamiento estudia un sistema para avisar al infractor que será sancionado la primera vez que incumple las normas de acceso a un APR. Una notificación con la que se pretende evitar que continúe repitiendo la misma infracción hasta que reciba la multa.
Más permisividad
Los cambios abren la posibilidad a los residentes de contar con autorización de acceso para los vehículos de su propiedad y dos de los que no sean titulares, ampliándose de diez a veinte las autorizaciones puntuales al mes, que no necesitan justificación.
También los residentes que hayan cumplido los 70 años o tengan dificultades de movilidad van a contar con dos autorizaciones para vehículos adicionales en lugar de una, mientras que para las obras en los inmuebles se concederán permisos para un mínimo de tres vehículos de las empresas encargadas de los trabajos con una vigencia que puede llegar al año.
Comercios y garajes
Por lo que respecta a comercios y garajes, se contempla hasta cinco vehículos a nombre de los titulares más dos adicionales, con veinte autorizaciones puntuales al mes sin justificante. Y si hay obras podrán pasar tres vehículos, en lugar de uno comco hasta ahora.
También hay un régimen especifico para los alojamientos hoteleros que no cuenten con plaza de garaje. Consiste en cinco autorizaciones permanentes y el equivalente al diez por ciento de las habitaciones del establecimiento en permisos puntuales al mes.
Si se trata de plazas de garaje, el Decreto incluye la posibilidad de un permiso para dos vehículos sin necesidad de demostrar titularidad.
En cuanto a carga y descarga o servicio a domicilio, se permite de 8 a 13 horas, ampliable a las 15 horas en vehículos limpios con autorización de estacionamiento del SER.