Las nuevas tecnologías vienen siempre aparejadas de nuevas dudas a las que la DGT debe dar respuesta en el código de circulación. En este sentido, el pasado día 21 de marzo entró en vigor, definitivamente, la nueva Ley de Tráfico. Con ella llegaron sanciones más duras para muchas infracciones relacionadas con las distracciones y la seguridad, entre ellas las que involucran al mal uso de los dispositivos electrónicos durante la conducción.
Y es que, según indica la Ley de Tráfico, es evidente que usar el teléfono móvil durante la conducción está prohibido y puede conllevar multas económicas de 200 euros, además de pérdidas de hasta 6 puntos en el carné. Incluso, la nueva normativa contempla ahora que se penalice también, no solo la utilización del teléfono, sino solo sujetarlo con la mano al volante aunque no se esté usando expresamente.
1¿Y qué hay del reloj inteligente?
He aquí un ejemplo de vuelta de tuerca tecnológica. El móvil, ni tocarlo, pero… ¿qué ocurre con el nuevo reloj inteligente o smartwatch? Si no estás muy familiarizado con él, esta tecnología ayuda a trasladar muchas de las funciones de un móvil al reloj, permitiendo desde ver notificaciones o mensajes, a consultar redes sociales e, incluso, recibir llamadas o hablar a través de él por teléfono.
¿Son legales estos relojes o no durante la conducción? Esta es la pregunta que un usuario realizó hace unas semanas a Pere Navarro, director general de Tráfico, durante un foro abierto en la web de Tráfico. La respuesta, absolutamente clara y contundente, la tienes a continuación.