Cuando afrontamos la compra de un coche nuevo, el concesionario nos suele facilitar los trámites para adquirir esta nueva propiedad. También lo puedes hacer tu mismo si tienes tiempo o alguna gestoría de confianza. Esto último suele ser lo habitual en la compra-venta de vehículos entre particulares. Sin embargo, hay más casos que, por desconocimiento, nos pueden acarrear un problema después. Uno de ellos es doloroso, como el fallecimiento de un padre. Y si te toca su coche en herencia, estos son los trámites que debes seguir para ponerlo a tu nombre.
1Hay que comunicar la transferencia a la DGT
En pleno duelo es complicado compaginar el dolor tras el fallecimiento de un ser querido con la legalidad vigente. Y en este sentido la Ley te da un margen de tiempo para tramitar el coche en herencia. A partir de ahí, puedes tener problemas a la larga.
Cuando tienes que cambiar la titularidad de un coche tiene que quedar reflejado en la transmisión del vehículo. En el caso de tener que realizarse por el fallecimiento del titular, la persona que está al tanto de la custodia deberá notificarlo a la Dirección General de Tráfico (DGT). También es el caso de la persona que tiene el derecho de uso del coche mientras se adjudica a uno de sus herederos. El margen de tiempo es de 90 días desde que se produce la defunción.
La Jefatura Provincial, una vez presentado el permiso o licencia de circulación y el resto de
la documentación necesaria, practicará en el citado permiso o licencia, así como en el Registro de Vehículos la anotación: “En poder hasta su adjudicación hereditaria de…”. Y ahí hay que indicar la identificación y domicilio del depositario y la fecha del fallecimiento del titular.
Como es lógico, una vez que se formaliza la operación con negro sobre blanco, la nueva persona que se hace cargo del coche pasa a tener las mismas responsabilidades que hasta ese momento tenía la persona fallecida. Por lo tanto, debe hacerse cargo del permiso de circulación, seguro el vehículo, la ITV al día… para no tener problemas.