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Verdadero o falso: ¿te puede multar la DGT por morderte las uñas?

De pequeño te decían que eras un cochino por morderte las uñas. No lo entendiste y seguiste haciéndolo… ¡Qué más da! Ya siendo adulto no quitabas la dichosa costumbre y, siendo conductor, extiendes tu ritual a tus momentos de intimidad en el coche. Casi lo haces de manera inconsciente… pero esa actitud puede tener consecuencias. Y es que cualquier distracción al volante o actividad que requiera liberar alguna de las dos manos puede ser sancionable, por muy extraña que sea.

Cuando conducimos podemos caer en el error de sentirnos lo suficientemente confiados para realizar alguna acción peligrosa. Creemos que es algo que tenemos ya dominado y que nada va a poder interferir en el día a día de la conducción, que es una acción ya muy automatizada con cierta experiencia. Pues no. Te quivocas… Aunque sea simplemente el gesto de modernos las uñas, coger el móvil o buscar una canción que nos apetece oír. Todo esto puede aumentar el riesgo de sufrir un accidente.

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Morderte las uñas, sin multa específica

La mayoría de conductores tiene muy claro que está prohibido usar el teléfono mientras se está conduciendo, pero no saben que pueden ponerles una multa si comen o se muerden las uñas. Pasa lo mismo con el uso de chanclas en vez de zapatos o el hecho de ir sin camiseta. Se trata, a fin de cuentas, de preguntas que los conductores se han planteado durante mucho tiempo y parecen más un bulo que una afirmación veraz.

La cuestión fundamental es que el Reglamento de Conductores no recoge expresamente el hecho de que morderse las uñas al volante sea motivo de sanción… ni mucho menos. Al igual que tampoco se indica que en las demás situaciones se pueda multar al conductor. El hecho de usar el teléfono, en cambio, sí está prohibido específicamente. De hecho se circunscribe además a la palabra «coger» con la mano, para que no haya dudas. Pero… no nos distraigamos. ¿Morderte las uñas tiene sanción implícita o no?

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