Cada vez que se anuncia una reforma legal, sobre todo en materia de Tráfico y seguridad vial, su polémica, por las fechas y argumentos, queda servida ante la perplejidad de los usuarios que son los reales protagonistas. Adecuar nuevas normas requiere tiempo y estudio para garantizar la efectividad de las mismas. Y siendo necesario este margen en la reforma, también lo es la transparencia en la comunicación y la publicación sencilla de los estudios, las técnicas y las normas definitivas.
1La importancia del Real Decreto 159/2021, por el que se regulan los servicios de auxilio en las vías públicas.
Comprender la ley, supone poder aplicarla correctamente. Con esta finalidad vamos a desgranar este Real decreto, en el que se modifican partes del Reglamento General de Vehículos, al tiempo que se actualizan las medidas en torno a la actuación de los servicios de auxilio en las vías públicas, y más concretamente en lo referente a la baliza V16.
» Disposición final primera. Modificación del Reglamento General de Circulación aprobado
por Real Decreto 1428/2003: Cinco. El artículo 130 queda redactado de la siguiente forma; …sin perjuicio de encender la luz de emergencia si el vehículo la lleva y, cuando proceda, las luces de posición y de gálibo… todo conductor deberá emplear el dispositivo de preseñalización de peligro reglamentario para advertir » y tambien, » Disposición transitoria primera. Uso de la señal V-16 «Preseñalización de peligro»,
conforme al modelo previsto en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos
antes de la entrada en vigor de este real decreto. «