Para entender claramente quien paga la multa cuando a las manos de un coche de alquiler, eres sancionado, es fundamental especificar primero el caso de la supuesta infracción y segundo, tener muy claro sobre quien puede la administración, en este caso la DGT, imponer sanciones por los distintos quebrantos de la ley de trafico y seguridad vial o cualquiera de los reglamentos que se desarrollan en la materia.
1El titular, el conductor y la DGT
La DGT a la hora de actuar en materia de sanciones puede hacerlo, sobre la titularidad del vehículo, directamente al conductor, a ambos cuando coincidan, y también cuando no. Y e los coche de alquiler pueden darse tantas opciones como ofertas hay en el mercado.
La ley de trafico y seguridad vial, que es donde se tipifican las infracciones y su procedimiento sancionador, clasificándolas en leves, graves y muy graves, tiene ad hoc el desarrollo de los reglamentos generales de circulación, de vehículos y de conductores. Y algunos mas especiales y concretos, como vehículos históricos, y leyes de menor rango, que cohabitan con el mundo del transporte, tanto publico como privado (ITV, Talleres, Laboratorios, etc…).
De aquí se desprende que el destinatario de una sanción dependerá del ámbito en el que la infracción se haya observado y denunciado, o lo que es lo mismo, te pueden multar por deficiencias del coche, por negligencia en la conducción, por las dos cosas y para ello nada tiene que ver que seas dueño o el coche sea alquilado.