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¿Es legal avisar de la presencia y de la ubicación de un radar de la DGT?

De este tema va nuestro contenido de hoy: ¿es legal avisar de la presencia y de la ubicación de un radar de la DGT?

Somos conscientes de que las infracciones de tráfico que suelen ser más normales en España son las que guardan cierta relación con el exceso de la velocidad.

De hecho, en el año 2020 la Dirección General de Tráfico llegó a tramitar unas 3,8 millones de multas en todo tipo de carreteras españolas.

Y esta cantidad sin contabilizar las de Catalunya y las del País Vasco donde no tenemos competencia alguna.

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¿Qué es lo que comenta acerca de esto la DGT?

Empecemos diciendo que el director general de la Dirección General de Tráfico ha sido bastante claro cuando ha afirmado que la velocidad es la que mata en la carretera.

Hay que tener en cuenta que durante la segunda etapa al frente de la DGT ha puesto en énfasis el tema candente contra las distracciones al volante y el exceso de velocidad.

Un buen logro que llevó a cabo por medio de la gestión que realizó es la reducción de los límites de velocidad en las ciudades.

Y de hecho se creó una norma que entró en vigor el día 11 de mayo y que llegó a convertir a España en un primer país de todo el mundo en adoptar los 30 km/h como una velocidad máxima.

Así que, para poder luchar contra el exceso de velocidad la DGT tiene un gran despliegue de medios.

Y es más, en la operación verano que se llevó a cabo desde el día 4 de julio hasta el día 30 de agosto, Tráfico llegó a informar que se vigilaría que los conductores no pisaran el acelerador.

No debían de pisar el acelerador más allá de lo que se encuentra por norma permitido mediante una cantidad de 580 radares que son fijos y 545 radares que son móviles.

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