No es lo habitual, pero lamentablemente todavía se producen situaciones desagradables, como que te llegue de la DGT una multa por exceso de velocidad de un coche que vendiste hace tiempo y del que te habías olvidado completamente.
1Comprobar el cambio de titularidad
En primer lugar debes comprobar que, efectivamente, el cambio de titularidad (que es obligación del vendedor) o la transferencia del vehículo (que es obligación del comprador) fueron realizadas, correctamente y en la fecha de la venta, ante la Jefatura Provincial de Tráfico.
Si es así deberemos contestar a las multas recibidas, formulando alegaciones explicando que el vehículo había sido vendido con anterioridad a la fecha de infracción y aportando la documentación acreditativa.
Es muy importante recordar que, quien está obligado a realizar la gestión de comunicación de venta es el propio propietario. Y lo debe hacer en la Jefatura Provincial de Tráfico, antes de haber entregado el vehículo y con la documentación original. Posteriormente, el comprador formalizará la transferencia efectiva en la Jefatura de Tráfico que le corresponda.