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Por decisión de la DGT, desaparece una de las multas más comunes hasta la fecha

A medida que pasan los años, la Dirección General de Tráfico (DGT) se va actualizando y adaptando a los nuevos tiempos. Y es que no tiene nada que ver el mundo actual con el de hace 30 años, por ejemplo. Por esta razón, no es raro que cambien ciertas normas y que, en lo que respecta a la movilidad, haya comportamientos al volante que antes no se sancionaban pero ahora sí.

Por cierto, también ocurre lo contrario eh… También la evolución humana nos conduce a un escenario en el que hay actitudes que ya no son sancionables, como lo eran antes. ¿Crees que no? Pues este es el caso, por ejemplo, de lo referido al carnet de conducir, un documento que, hasta la fecha, era obligatorio llevar encima. Todo ha cambiado bastante recientemente.

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La DGT lo asegura: ya no tienes que llevar encima el carnet de conducir

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Si bien es cierto que la regla en sí no ha cambiado y se hace imprescindible contar con este documento que acredite que el conductor cumple con todas las condiciones para llevar su vehículo, hay que matizar que ahora no es esencial tenerlo físicamente. ¡Ya no tendrás que jurar en arameo cada vez que te lo dejes olvidado!

Según la normativa de la DGT, ya solo bastará con presentar el carnet de conducir digital a través de la aplicación de la institución cuando una autoridad lo requiera. Este es un caso más en el que lo físico se queda anticuado y ahora podemos acceder a toda nuestra información a través de una pantalla. Cosas de la vida.

Espalda