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¿Tienes una autocaravana? ¡Ojo a la nueva normativa de la DGT!

¿Tienes una autocaravana? ¡Ojo a la nueva normativa de la DGT! y es que en este artículo vamos a daros más detalles acerca de dicha norma.

En el caso de que seas una persona a la que le guste viajar haciendo uso de una autocaravana tienes que saber que existe una normativa un poco desconocida.

Hay que tener en cuenta que suele ser divertido el hecho de pasar las vacaciones viajando haciendo uso de una autocaravana.

Pero también los conductores tienen que tener cuidado debido a que la nueva norma de la Dirección General de Tráfico les afecta.

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La DGT nos habla de tener claros los conceptos

Todos somos conscientes de que es un poco complicado buscar estacionamiento si hacemos uso de una autocaravana.

Muchos conductores tienen en cuenta que hay una línea que es fina que suele separar el estacionamiento legal de poder acampar en vía pública y cruza la frontera de las multas.

Hay que tener en cuenta que para las personas que hacen uso de una autocaravana existe una gran diferencia entre acampar, pernoctar o aparcar.

¿Por qué suelen tener claros estos conceptos?, pues según la Dirección General de Tráfico porque quieren evitar todo tipo de problemas legales.

Y es que la diferencia importante entre estacionar y acampar radica, por regla general, en la finalidad además de la duración del estacionamiento.

Piensa que el hecho de estacionar va a implicar dejar la autocaravana en una zona durante cierto periodo de tiempo que suele ser limitado.

Aunque cuando se habla de acampar nos estamos refiriendo a realizar un campamento de tipo temporal donde la gente despliega sillas y mesas.

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