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7 casos en los que la DGT no podrá multarte por circular sin cinturón de seguridad

Circular sin cinturón de seguridad es una infracción que la DGT no permite. En casi todos los casos, la DGT impone multas por la falta de uso de cinturón de seguridad, lo que lleva a millones de conductores multados en España. Sin embargo, existen algunas excepciones en las que los conductores no serán multados por circular sin cinturón.

Estas excepciones se relacionan principalmente con momentos en los que el conductor necesita desplazarse rápidamente a un lugar determinado para salvar una vida, o por necesidades médicas que requieren un transporte seguro. A continuación encontrarás una lista de casos en los que la DGT no podrá multarte por circular sin cinturón de seguridad:

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Transporte sanitario para casos médicos graves

En el caso de una urgencia médica, si una persona necesita llegar rápidamente a un lugar determinado para recibir atención, la DGT permitirá un desplazamiento sin el uso obligatorio de cinturón de seguridad. En este caso, la persona deberá acreditar los motivos de la urgencia médica y la necesidad de desplazarse rápidamente con la documentación pertinente. Las ambulancias suelen estar exentas de este requisito, pero en el caso de un desplazamiento privado, la persona debe de presentar los documentos pertinentes para evitar ser multado o incautado el vehículo.

Uno de los casos más citados en el que la DGT permitirá un desplazamiento sin el uso de cinturón de seguridad es la conducción de una embarazada hacia el hospital para ocasiones de parto. No obstante, como en otros casos, la embarazada necesitará contar con la documentación adecuada para acreditar que se está desplazando para un parto inminente.

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