Las zonas de bajas emisiones (ZBE) han de ser reguladas por los ayuntamientos conforme establece la ley de cambio climático. Para ello las etiquetas que clasifican a los vehículos son las las herramientas que la DGT establece para dicho control.
Sin embargo, los ayuntamientos, especialmente los obligados a esto por tener un padrón de mas de 50.000 habitantes, a día de hoy carecen de medios metrológicos desde los que poner en marcha un control efectivo e individualizado de las emisiones de los coches.
El Centro Español de Metrología (CEM) y la Asociación Española de Normalización, UNE, han dado a conocer los detalles de la iniciativa promovida por el CEM para el desarrollo de una norma UNE para los instrumentos de medida en remoto de las emisiones de los vehículos.
1El escenario legal de las ZBE
Las ZBE surgen fruto de la aplicación de la nueva ley de cambio climático y transición energética, que especialmente tiene en cuenta los cambios a realizar en los modelos de movilidad, tras la constatación durante décadas de los perjuicios que para el medioambiente, tienen los motores de combustión, o así, quieren demostrarlo desde los sectores políticos mas progresistas.
En 2021, el Gobierno aprobó la Ley de Cambio Climático y Transición Energética con la finalidad de, entre otras medidas, contribuir a la reducción de la contaminación y favorecer la conservación medioambiental.
En el texto legalizado, figura en lo concerniente al transporte, que las ciudades de mas de 50.000 habitantes, y aquellas de mas de 20.000, en las que el aire sea de mala calidad, deben establecer por ordenanza municipal, unas zonas de acceso restringido para aquellos vehículos a motor, que tras su catalogación y etiquetado, no cumplan los vectores mínimos de contaminación, fijados en las comunitarias normas aprobadas en el parlamento europeo.