La falta de cargadores para el coche eléctrico en nuestro país o el hecho de que muchos de los que hay instalados no estén operativos no son los únicos inconvenientes que citan los conductores a la hora de decidir si abandonan los motores de combustión y se pasan a la movilidad eléctrica. Otro de los problemas es la falta de un sistema de pago unificado y accesible a la hora de llenar la batería en cargadores públicos.
En nuestro país, cada operador cuenta con una aplicación propia en la que se gestiona la recarga del coche eléctrico. Esto supone que, en la práctica, el conductor que se decanta por esta tecnología tiene que descargar la app de cada una de las redes de recarga, darse de alta e introducir los datos de su tarjeta bancaria para poder hacer el pago.
Un sistema que ahora variará gracias al Reglamento sobre la Infraestructura para los Combustibles Alternativos aprobado por Europa, que acaba de entrar en vigor el pasado día 13 de este mes y que regula diversos aspectos de las estaciones de recarga de coches eléctricos.
Recargar el coche eléctrico y pagar de forma «fácil»
Entre ellos, especifica que los usuarios deben poder recargar o repostar de manera puntual «y pagar fácil y cómodamente» en todos los puntos de recarga y repostaje de acceso público, «sin necesidad de firmar un contrato con el operador del punto de recarga o repostaje o con un prestador de servicios de movilidad».
En este sentido, el reglamento especifica que todos los puntos de recarga y repostaje de acceso público para llenar la batería del coche eléctrico de nueva instalación deben aceptar instrumentos de pago de uso generalizado en la Unión Europea y, en particular, «pagos electrónicos a través de terminales y dispositivos utilizados para servicios de pago».
El Reglamento que acaba de entrar en vigor también especifica que entre estos servicios de pago se incluirán al menos un lector de tarjetas o dispositivos de tecnología sin contacto que puedan leer tarjetas de pago. O también, para los puntos de recarga de acceso público con una potencia disponible inferior a 50 kW, se incluirán dispositivos que utilicen una conexión a internet y permitan realizar operaciones de pago seguras, como, por ejemplo, las que generan un código de respuesta rápida específico.
Un cargador cada 60 kilómetros
Y ¿qué pasa con los cargadores que ya hay instalados y que no tienen lector de tarjetas? Pues que tendrán que adaptarse a partir del 1 de enero de 2027. Según el reglamento, en ese momento, el operador de la estación recarga garantizará que todos los puntos de recarga de acceso público que explote con una potencia disponible igual o superior a 50 kW implantados tengan lector de tarjetas.
Esta norma se incluye dentro de las medidas de la UE adoptadas en el paquete «Objetivo 55», que tiene como objetivo reducir la emisiones y los gases de efecto invernadero de aquí a 2030. Un reglamento en el que figuran, además, otras medidas con las que se pretende que el paso hacia la movilidad eléctrica sea más sencillo y que tendrán que cumplirse entre 2025 y 2030.
En concreto, el plan también contempla que a partir de 2025 deben instalarse estaciones de recarga rápida de al menos 150 kW para coches cada 60 km en los principales corredores de transporte de la UE, la denominada «red transeuropea de transporte (RTE-T)»;
Para los vehículos pesados, las estaciones de recarga con una potencia disponible mínima de 350 kW deben implantarse cada 60 km en la red básica de la RTE-T y cada 100 km en la red global de la RTE-T más amplia a partir de 2025, y la red tendrá que tener una cobertura completa para 2030.
El plan también contempla que para 2030 tendrá que haber estaciones de repostaje de hidrógeno en todos los nodos urbanos y cada 200 km en la red básica de la RTE-T.
Por otro lado, la norma también obliga a los operadores de los puntos de recarga o repostaje a proporcionar a los consumidores información completa a través de medios electrónicos sobre la disponibilidad, el tiempo de espera o el precio en diferentes estaciones.