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Derecho de repetición: aseguradoras y agentes de movilidad piden ampliar las causas que habilitan su uso

El derecho de repetición y su posible ampliación a nuevas conductas al volante está suscitando un amplio debate en el ámbito del sector asegurador y de la seguridad vial en España, tal y como se ha podido apreciar en una reciente jornada organizada por la Fundación Pons, donde directamente representantes de las aseguradoras y de asociaciones relacionadas con la movilidad han pedido su aplicación en nuevos supuestos de conducción que generan accidentes, como son el manejo del teléfono móvil al volante o circular sin haber superado las correspondientes ITV.

El denominado derecho de repetición del asegurador es bastante desconocido para los usuarios en general, aunque se trata de un mecanismo completamente legal que asiste a las compañías aseguradoras y les permite reclamar a terceros responsables las cantidades que se han tenido que abonar para cubrir los gastos e indemnizaciones que se han visto obligadas a tener que cubrir tras un siniestro.

Gracias a este derecho, las aseguradoras pueden exigir su reembolso no sólo al conductor del vehículo en el caso del accidente, sino que pueden repercutir el pago de esas cantidades también sobre el propietario del vehículo, el asegurado o incluso sobre los herederos del accidentado en aquellos casos en los que existen conductas al volante que  vulneran las normativas vigentes.

Origen y fundamentos del derecho de repetición

El derecho de repetición está regulado por el artículo 10 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, y por el Real Decreto Legislativo 8/2004, que establece las condiciones bajo las cuales una aseguradora puede exigir el reembolso de las indemnizaciones pagadas.

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Este derecho se activa en situaciones donde se comprueba que el accidente fue causado por una conducta dolosa, o si el conductor implicado estaba bajo los efectos de sustancias como alcohol o drogas. Además, también se contempla en casos de conducción sin carnet o sin autorización, lo que implica una grave irresponsabilidad al volante.

Hasta la fecha, tras un accidente es la aseguradora quien asume de entrada los costes económicos del mismo, repone los daños e indemniza a las víctimas y cubre los costes sanitarios que se producen a consecuencia del mismo. Pero las cuantiosas y crecientes indemnizaciones que se vienen produciendo por estas razones ya están provocando que cada vez en mayor número de ocasiones las aseguradoras quieran ampliar uso del derecho de repetición.

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Igualmente también crecen y son más frecuentes las voces respecto de la movilidad que sugieren ampliar el ámbito de aplicación de este derecho, extendiendo el mismo a nuevas actitudes excluyentes de coberturas del seguro al volante más allá de los ya habituales consumos de alcohol o drogas. Nuevas actitudes que también conllevan un riesgo considerable, como pueden ser el uso del teléfono móvil o la falta de cumplimiento de las inspecciones. técnicas de vehículos (ITV).

El objetivo es claro: reducir la siniestralidad y hacer responsables a los infractores de las consecuencias económicas y dolo que sus actos imprudentes provocan.

Nuevo escenario: ampliación de su aplicación

Así, las compañías aseguradoras están comenzando a explorar nuevas vías para ejercer el derecho de repetición. Durante la jornada organizada por la Fundación Pons, varios expertos del sector discutieron la posibilidad de extender este derecho a nuevas conductas al volante, como las ya mencionadas referidas al uso del teléfono móvil mientras se conduce o la conducción de vehículos sin haber pasado la ITV obligatoria.

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Fernando González Iturbe, subdirector del Departamento de Asesoría Jurídica del Club Europeo de Automovilistas (CEA), destacó la importancia de que los responsables de los accidentes asuman las consecuencias de sus actos en los casos mencionados. Sin embargo, también señaló que es crucial que las aseguradoras no extiendan indiscriminadamente este derecho a personas no involucradas directamente en el siniestro, como podrían ser los propietarios de los vehículos o los asegurados en casos donde no tengan relación alguna con el incidente.

Según González Iturbe, cualquier ampliación del derecho de repetición debe ser cuidadosamente regulada para evitar situaciones en las que personas no relacionadas directamente con el siniestro deban asumir sus costes.

En una línea similar, la consultora de Pons Mobility, Antonia Nieves, abogó por incluir las distracciones al volante dentro del marco del derecho de repetición, señalando que las distracciones, particularmente las causadas por el uso del móvil, constituyen actualmente una de las principales causas de siniestralidad en carretera. De hecho, estas distracciones representan el 37% de los siniestros, superando incluso a factores como el alcohol o la velocidad.

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El uso del móvil e ITV en el punto de mira

Uno de los puntos que más interés suscitó durante la jornada fue la propuesta de incluir la conducción mientras se utiliza el teléfono móvil como una causa que habilita el derecho de repetición. Ramón Ledesma, consejero asesor de Pons Mobility, destacó que la legislación actual no contempla esta conducta dentro de las causales que permiten a las aseguradoras ejercer dicho derecho. Sin embargo, con el uso del móvil en constante aumento entre los conductores y su fuerte vinculación con la siniestralidad, Ledesma demostró que es esencial que la ley evolucione para permitir a las aseguradoras reclamar los daños provocados por quienes incurren en una infracción, que es perfectamente evitable.

En la misma línea, Cristina Casado de Unespa también sugirió la inclusión de la conducción de vehículos sin la ITV en vigor dentro de los supuestos que permiten el ejercicio del derecho de repetición. Según Casado, cuando un vehículo no ha pasado la inspección técnica o cuando se han ignorado los defectos detectados, el propietario del vehículo debe asumir las consecuencias si ello contribuye a causar un accidente. Esta propuesta cobra relevancia si consideramos que, en 2023, el 8% de los fallecidos en accidentes de tráfico estaban involucrados en siniestros donde la falta de ITV fue un factor determinante.

Impacto en conductores y seguridad vial

La amplia posibilidad de actuación del derecho de repetición ha permitido desde hace tiempo a las aseguradoras reclamar los costos de las indemnizaciones pagadas en siniestros en los que ha habido dolo o imprudencia grave por parte de los conductores. Sin embargo, el actual marco legislativo contempla su ejercicio principalmente en casos de conducción bajo los efectos del alcohol o drogas, o en situaciones de manifiesta irresponsabilidad, como la conducción sin licencia.

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Ahora, las aseguradoras buscan ampliar el alcance de este derecho a otros comportamientos que también incrementan gravemente el riesgo de accidentes, como el uso del teléfono móvil al volante o la circulación sin haber pasado la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), acciones que igualmente suponen incrementar los riesgos al volante y afectan de manera muy significativo a la seguridad vial en nuestras carreteras.

De aprobarse estas propuestas, las aseguradoras podrían exigir la devolución de las indemnizaciones pagadas en un mayor número de casos, contribuyendo así a un sistema de mayor responsabilidad y prevención de los usuarios al volante de sus vehículos.

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No obstante, este enfoque también suscita debates sobre la proporcionalidad de la medida. Si bien es evidente que comportamientos como el uso del móvil o la conducción sin ITV son peligrosos, la aplicación del derecho de repetición en estos casos podría implicar que muchas personas, especialmente aquellas en situación de vulnerabilidad económica, se enfrenten a demandas por cantidades que podrían superar su capacidad de pago. En casos extremos, esto podría llevar incluso al embargo de prácticamente el total de sus propiedades, generando situaciones que plantean numerosos interrogantes respecto del impacto social que estas nuevas medidas pueden generar.

Debate abierto

La discusión sobre la ampliación del derecho de repetición apenas está comenzando, y es probable que se intensifique en los próximos meses. Si bien todos los actores involucrados parecen coincidir en la necesidad de tomar medidas más severas contra las conductas irresponsables al volante, también es fundamental que cualquier cambio en la legislación se haga con una visión equilibrada, que no solo busque reducir la siniestralidad, sino que garantice tanto los derechos de las asegurarodas como igualmente la protección de los derechos de los conductores y de aquellos que no son responsables directos de los accidentes.

En definitiva, el derecho de repetición se perfila como una herramienta clave para el futuro de la seguridad vial, siempre y cuando se logre un equilibrio justo entre la responsabilidad de los conductores y la protección de las víctimas, así como una mayor concienciación sobre los riesgos y las consecuencias de las actitudes imprudentes al volante