Uno de los conflictos más comunes en las ciudades es el que ‘salpica’ al aparcamiento regulado y a los controladores que se encargan de comprobar que se hace como debe ser. El problema es cuando lo hacemos sin pagar la tarifa correspondiente porque es ‘un momento’ y nos cazan. En ocasiones se discute acaloradamente y hay casos en los que se ha llegado, incluso, a las manos.
También se producen en ocasiones amenazas; por eso no parece lógico que figure el nombre de la persona encargada de formular la denuncia. Sin embargo, ¿es legal no hacerlo? En primer lugar hay que tener claro que, además de los agentes de la autoridad encargados del control del tráfico, también puede formular denuncias cualquier persona que tenga conocimiento de los hechos. Son las conocidas como denuncias voluntarias.
2Aparcar motos en la acera ¿es legal?
Otro punto de conflicto en las ciudades salpica a la normativa aplicable sobre los estacionamientos de las motocicletas en la acera. Las ventas crecen y como ya hemos adelantado en varias ocasiones, la competencia para regular los estacionamientos dentro de una localidad la ostenta el propio municipio, quien a través del ayuntamiento y la aprobación de sus propias ordenanzas, establece los lugares y formas de llevar a cabo el estacionamiento de cualquier tipo de vehículo.
En este sentido hay que tener en cuenta que, como norma general, la Ley de Seguridad Vial prohíbe el estacionamiento sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de los peatones. No obstante, la propia ley deja libertad a los municipios para que, a través de las ordenanzas municipales, puedan regular la parada y el estacionamiento de los vehículos de dos ruedas sobre las aceras y paseos.
Eso sí, siempre que no se perjudique ni se entorpezca el tránsito de peatones por ellos, atendiendo a las necesidades de aquellos que puedan llevar algún objeto voluminoso y, especialmente, las de aquellas personas que tengan alguna discapacidad.
Por tanto, al existir libertad para que cada municipio pueda regular los estacionamientos, existirá mucha disparidad de criterios, y lo que en un municipio pueda estar permitido, podría estar prohibido en otros.
En cualquier caso, hay que insistir en que si la ordenanza municipal no recoge nada sobre la autorización de estacionar sobre la acera, es porque la normativa general lo prohíbe. Por tanto, en ese municipio sería una infracción el estacionar sobre la acera.