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Aparcar en sentido contrario a la marcha: Si piensas que es ilegal, la DGT te lo aclara

¿Alguna vez te has planteado esto o tienes claro cómo has de aparcar?: Aparcar en sentido contrario a la marcha: Si piensas que es ilegal, la DGT te lo aclara.

Muchos conductores piensan que pueden aparcar de cualquier manera pero la Dirección General de Tráfico en este artículo explicará a los conductores la forma correcta en la que van a tener que hacerlo.

No se puede aparcar de cualquiera manera y esto es algo que han de tener en cuenta todos aquellos conductores que no quieran ser sancionados por las autoridades encargadas.

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La DGT te dice la forma correcta en la que has de aparcar

Hay conductores que tienen claro que no pueden aparcar de cualquier forma porque pueden ser sancionados por los agentes de Tráfico de la Dirección General de Tráfico.

La DGT cuenta a los lectores que hay que tener clara la normativa vigente y es por ello que, aparcar en sentido contrario a la marcha en la actualidad se encuentra prohibido en muchas circunstancias.

Hay que mencionar que se trata de una práctica que está considerada como una infracción si se tiene en cuenta lo que dice el Código de Circulación.

Puede resultar un tanto peligroso tanto para la persona que está conduciendo el vehículo ya que se encuentra realizando una maniobra, como para las demás personas que se encuentran en la vía pública.

Es cierto que en ocasiones resulta un poco complicado encontrar un buen aparcamiento pero la Dirección General de Tráfico recuerda a los usuarios que han de respetar las normas para evitar ser sancionados.

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