La nueva Ley de Tráfico lleva ya unas semanas vigente y todos los conductores somos conscientes de las últimas sanciones que conllevan las renovadas normativas. Sin embargo, no tienes que olvidarte de otras que siguen vigentes y que te pueden costar un disgusto de cara al bolsillo si te ‘pillan’. Conducir con gafas o lentillas puede ser una de ellas. Te adelantamos el aviso de la DGT a los conductores que usan gafas o lentillas al volante.
Efectivamente todos sabemos ya que con la nueva Ley de Tráfico no podemos superar los 90 km/h para realizar un adelantamiento en carretera. Quizás sea la norma más comentada y controvertida de todas las aplicadas en el nuevo reglamento. Sin embargo, hay otras que nos pueden acarrear un disgusto de cara a nuestra economía. Una de ellas tiene que ver con los problemas de visión.
1Conducir con gafas
El primer punto que muchos conductores desconocen es el hecho de si debes llevar unas gafas graduadas de repuesto en el coche. La normativa del reglamento general de conductores señala que los usuarios, al volante, deben utilizar elementos correctos de visión si tienen algún tipo de deficiencia. La respuesta es clara: hace años era obligatorio llevar unas gafas de repuesto en la guantera. Actualmente la Ley no obliga a ello, pero no deja de ser algo aconsejable. Puedes tener un percance durante el trayecto y eso te obligaría a detener la marcha. O algo peor aún: continuas conduciendo sin tener una perfecta visión, poniéndote tú en peligro y al resto de los usuarios de la vía.
Y ahora surge la pregunta: ¿cómo sabe la Guardia Civil que tengo que llevar gafas o lentillas? Pongamos que te paran los agentes en un control rutinario en carretera. O más grave aún: tras sufrir un accidente. Te pedirán la documentación del vehículo y, por supuesto, el carné de conducir. En este último documento lo tendrán fácil.