Desde hace un tiempo, el Ayuntamiento de Madrid se encuentra en una encrucijada con respecto a sus Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), especialmente después de un recurso presentado por los servicios jurídicos de la organización AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA).
Este recurso ha abierto la posibilidad de impugnar no solo las multas por acceder sin autorización a la ZBEDEP Plaza Elíptica, sino también las impuestas en otras áreas restringidas, como el Distrito Centro y la M-30. Este revés legal representa un nuevo desafío para la gestión municipal en materia de movilidad.
2La infracción no corresponde a la sanción impuesta
La sentencia también cuestiona la tipificación de la infracción, argumentando que el acceso no autorizado a la ZBEDEP Plaza Elíptica debería ser considerado una infracción leve en lugar de una infracción grave, como lo establecía la sanción impuesta. Este aspecto subraya la importancia de una aplicación precisa de la normativa en materia de movilidad urbana, evitando que los errores de clasificación por parte de la administración generen sanciones injustas para los conductores.