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Baja temporal y baja definitiva: Todas las diferencias que debes tener en cuenta

Cuando llega el momento de deshacernos de un vehículo en España, ya sea porque ya no lo necesitamos, ha llegado al final de su vida útil o por cualquier otro motivo, es importante entender las opciones disponibles para dar de baja el vehículo. Dos de las opciones más comunes son dar de baja temporal o dar de baja definitiva el vehículo. En este artículo, exploraremos las diferencias clave entre estos dos procesos, los trámites necesarios, los costos involucrados y si es posible dar de alta un vehículo después de haberlo dado de baja.

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Dar de baja temporal y definitiva

Solicitar la baja temporal: El propietario debe presentar una solicitud pertinente en la Jefatura Provincial de Tráfico, en una gestoría autorizada o a través de la sede electrónica de la DGT.

Entregar la documentación necesaria: Se deben proporcionar los documentos requeridos, que pueden incluir el permiso de circulación, la tarjeta de inspección técnica del vehículo (ITV), y el justificante del seguro vigente.

Pagar los costos asociados.

Solicitar la baja definitiva: Esta solicitud debe presentarse en la Jefatura Provincial de Tráfico, una gestoría autorizada o a través de la sede electrónica de la DGT.

Entregar la documentación necesaria: Similar a la temporal, se deben proporcionar documentos como el permiso de circulación, la ITV y el justificante de seguro.

Pagar los costos asociados: La baja definitiva también puede implicar el pago de una tarifa, que varía según la comunidad autónoma.

Entregar las placas de matrícula: En este caso, generalmente se requiere la entrega de las placas de matrícula a la DGT.