Cuando llega el momento de deshacernos de un vehículo en España, ya sea porque ya no lo necesitamos, ha llegado al final de su vida útil o por cualquier otro motivo, es importante entender las opciones disponibles para dar de baja el vehículo. Dos de las opciones más comunes son dar de baja temporal o dar de baja definitiva el vehículo. En este artículo, exploraremos las diferencias clave entre estos dos procesos, los trámites necesarios, los costos involucrados y si es posible dar de alta un vehículo después de haberlo dado de baja.
4Dar de baja temporal y definitiva
Solicitar la baja temporal: El propietario debe presentar una solicitud pertinente en la Jefatura Provincial de Tráfico, en una gestoría autorizada o a través de la sede electrónica de la DGT.
Entregar la documentación necesaria: Se deben proporcionar los documentos requeridos, que pueden incluir el permiso de circulación, la tarjeta de inspección técnica del vehículo (ITV), y el justificante del seguro vigente.
Pagar los costos asociados.
Solicitar la baja definitiva: Esta solicitud debe presentarse en la Jefatura Provincial de Tráfico, una gestoría autorizada o a través de la sede electrónica de la DGT.
Entregar la documentación necesaria: Similar a la temporal, se deben proporcionar documentos como el permiso de circulación, la ITV y el justificante de seguro.
Pagar los costos asociados: La baja definitiva también puede implicar el pago de una tarifa, que varía según la comunidad autónoma.
Entregar las placas de matrícula: En este caso, generalmente se requiere la entrega de las placas de matrícula a la DGT.