Cada vez que se anuncia una reforma legal, sobre todo en materia de Tráfico y seguridad vial, su polémica, por las fechas y argumentos, queda servida ante la perplejidad de los usuarios que son los reales protagonistas. Adecuar nuevas normas requiere tiempo y estudio para garantizar la efectividad de las mismas. Y siendo necesario este margen en la reforma, también lo es la transparencia en la comunicación y la publicación sencilla de los estudios, las técnicas y las normas definitivas.
3Triángulos, baliza V16, y los dos a la vez
Lo que puedes diferir de una lectura detallada del texto legal es que, hasta el 1 de Enero de 2026, los sistemas de señalización para advertir de un peligro cuando se produce la accidental parada de un vehículo, son los que obliga el propio texto, con sus homologaciones pertinentes y en el modo correcto de uso. Es decir que prevalece la obligación de señalizar, y para ello podemos utilizar la baliza V16, los triángulos de emergencia y si es necesario o sin serlo, los dos a la vez.
Dado que muchos son los casos de accidentes en zonas de visibilidad reducida, cabe entender que se puedan utilizar los dos. La pregunta ahora es ¿después de realizar estudios de siniestralidad desde hoy hasta el año 2026, se eliminaran los entrañables triángulos de emergencia? o ¿cabe la posibilidad de que permanezcan con nosotros para ciertas circunstancias y casos, en que si demuestran su eficacia?