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Si te mueves en bicicleta eléctrica, estas son las normas que debes cumplir para evitar multas

Gracias a la creciente presencia de las bicicletas eléctricas, la movilidad en las ciudades está experimentando un cambio radical y silencioso. Estos ágiles y eficientes vehículos no solo representan una alternativa ecológica al transporte convencional, sino que también nos invitan a redescubrir la urbe de una manera ágil y fresca.

En este paisaje urbano siempre en evolución, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha actualizado las regulaciones que gobiernan el uso de estas modernas máquinas de dos ruedas.

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Documentación homologada y desplazamientos

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Además, con el objetivo de homogeneizar y elevar los estándares de seguridad y calidad, todas las bicicletas eléctricas deben cumplir estrictamente con la normativa europea EN 15194. Esta conformidad no solo abarca aspectos técnicos, sino también la necesidad de que cada unidad cuente con la documentación correspondiente y la debida homologación.

Las bicicletas eléctricas ocupan un lugar destacado en la infraestructura vial, con los carriles bici como su hábitat natural. En estos espacios, se permite un desplazamiento fluido y segregado del tráfico motorizado. En las ciclocalles o calles limitadas a 30 km/h, las bicicletas eléctricas no solo están permitidas, sino que son protagonistas, mientras que los vehículos motorizados deben respetar su espacio y ritmo.

Es posible circular por calles y vías urbanas en general, siempre y cuando se respeten las normas de tráfico y las señalizaciones correspondientes. No obstante, está terminantemente prohibido transitar con bicicletas eléctricas por aceras y zonas peatonales, salvo excepciones muy específicas y reguladas para ciertos tipos de e-bikes.