En verano son las chanclas e incluso descalzo, y ahora de cara al invierno las botas de montaña y de seguridad. Este calzado o su ausencia, ha sido sometido a un estudio demográfico en cuanto a su uso, mientras o para conducir, por RACE, en el verano del año 2020.
Desgranamos en estas líneas su base y conclusiones, a fin de conocer los hábitos de conducir con referencia al calzado, la norma y los riesgos.
6En España la ley dice
Concretamente, en España, la Ley de Trafico y Seguridad Vial sanciona el incumplimiento del Reglamento General de Circulación, con referencia a la infracción que sobre los artículos 18.1, 17.1 y 3.1, los conductores pueden cometer, cuando usan un calzado inadecuado y así es interpretado por los agentes de Trafico.
Es decir, no existe en el texto legal la prohibición explicita que regule el uso de estos tipos de calzado, pero sin embargo, la autoridad puede interpretar que dificultan las capacidades de control del vehículo en situaciones de riesgo o accidentales, atentando así contra los artículos mencionados, que si indican que el conductor en todo momento ha de poder actuar sobre el vehículo con total movilidad y seguridad para detenerlo o cualquier acción correctora para controlarlo. No controlar los pedales de acción del coche supone perdida de control del coche.
La multa por lo general es de hasta 80 euros si el agente entiende que no existe garantía de libertad de movimiento en el vehículo y puede interferir en una conducción segura