La posesión del carnet de conducir es un requisito fundamental para quienes desean circular legalmente por las carreteras españolas. Sin embargo, surge la interrogante sobre si es legal tener una copia fotocopiada o fotografiada del carnet de conducir y cuáles son las implicaciones legales y riesgos asociados a esta práctica.
2Multas y sanciones
La AEPD establece pautas claras sobre la solicitud de copias de documentos de identificación. Aunque para ejercer ciertos derechos no es necesario proporcionar una copia del carnet de conducir, algunas empresas y entidades han infringido estas normativas. La multa impuesta a Orange por solicitar la fotografía de ambas caras del DNI en entregas de paquetes, por ejemplo, fue de 100.000 euros. Otro caso destacado fue el del hotel Marins Playa, sancionado con 30.000 euros por fotocopiar el pasaporte de un cliente para completar su ficha de registro.