Para tener el carnet de conducir en regla durante una década más, es suficiente un sencillo test psicotécnico, una fotografía reciente, una revisión médica y el pago de las tasas de Tráfico.
Sin embargo hay un grupo de personas a las que el Comité Médico de la DGT no les permite renovar el permiso de conducir. Por lo general las causas están relacionadas con el mal control de dichas enfermedades y en algunos casos con los tratamientos médicos. Las limitaciones se especifican en el Anexo IV del reglamento general de conductores, y en sus apartados aparecen las enfermedades, trastornos o deficiencias que impiden la renovación del permiso de circulación y las medias correctoras con sus plazos de revisión.
A continuación te indicamos las enfermedades por las que la Dirección General de Tráfico considera imprescindible presentar un informe favorable del médico especialista para poder llevar a cabo la renovación del carnet de conducir. Sin dicho informe ningún Centro de Reconocimiento de Conductores podrá realizar la tramitación.
1Enfermedades Cardiacas
Conviene consultar los plazos que han de pasar hasta que una persona con una dolencia del corazón pueda renovar su carnet de conducir.
- Los conductores que hayan sufrido una arritmia que les haya provocado una pérdida de atención o un síncope en los últimos seis meses no podrán prorrogar su licencia, salvo con un informe del cardiólogo.
- Tras la colocación de un marcapasos, deberá pasar un mes.
- A los que se les haya implantado un desfibrilador automático tendrán que esperar seis meses.
- Quienes hayan sufrido un infarto agudo de miocardio o se hayan sometido a cirugía para colocar una prótesis valvular, deberán dejar pasar tres meses para renovar el carné de conducir. Además, tendrán que acudir cada dos o tres años, en función de la dolencia, para solicitar la prórroga de su permiso.