La renovación por parte de la DGT del carnet de conducir, ha sufrido variaciones en cuanto a los periodos de vigencia con la reforma de la ley de trafico, como en otras ocasiones hemos explicado. Pero también, fruto de las tecnologías, los propios vehículos se verán modificados al tener que implantar los sistemas ADAS o asistentes a la conducción. Esto da pie para que el organismo pertinente del control sobre los permisos de conducir, es decir la DGT, pueda modificar algunos puntos y criterios en la calificación o prueba de aptitud psicofísica necesaria para la obtención y renovación del permiso.
1Ministerio de sanidad y DGT
En la lógica cabe pensar que los protocolos de exploración que siguen lo profesionales para determinar si un usuario esta en condiciones de renovar el carnet de conducir, no dependa de la DGT. De ahí que sea el ministerio encargado de la salud publica quien elabore el manual de actuación, y aprobándolo lo exponga dándole traslado a los distintos Centros Reconocidos, eso si por el ministerio de interior en colaboración directa con la DGT.
De tal forma el pasado verano, el citado protocolo sufrió las variaciones pertinentes conforme a la nueva actualidad, que no es otra que la incorporación por obligación de los nuevos sistemas de ayuda a la conducción ADAS, en todos los coches nuevos fabricados.
Y esto, que responde a las directrices dictadas en acuerdo firmado en la comunidad europea, y que esta motivado en beneficio de la seguridad vial con el fin de minimizar la siniestralidad siempre presente en el trafico de vehículos, si que depende, tanto del ministerio de interior, como de la DGT.