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Los casos en que la DGT no te va a multar por llevar a los más pequeños en el asiento delantero

Los casos en que la DGT no te va a multar por llevar a los más pequeños en el asiento delantero ya que hay conductores que piensan que pueden ir sentados donde sea pero la ley dice otra cosa.

Si tienes niños pequeños sigue leyendo todo el artículo porque esta noticia te resultará interesante ya que hay determinados casos en los cuales las autoridades encargadas no te podrán multar en el caso de que se sienten los pequeños en los asientos delanteros.

Ten muy en cuenta toda la información que se facilite en este artículo porque siempre conviene sabe en qué casos la Dirección General de Tráfico te puede multar y en qué casos no.

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Para la DGT el paso y la altura de los menores es importante

Hay que mencionar que para la DGT o Dirección General de Tráfico, tanto el peso como la altura de aquellos que son pequeños es un factor importante y que hay que considerar.

La clasificación de los sistemas de retención infantil se lleva a cabo teniendo en cuesta este criterio y por eso es de vital importancia que los padres elijan una silla que sea adecuada al peso del pequeño con el objetivo de poder garantizar la seguridad del mismo.

En el caso de que los padres no cumplan con las normas tendrán que pagar sanciones y las multas pueden alcanzar los 200 euros, así que siempre viene bien tener en cuenta lo que dice el organismo de la DGT.

Los agentes de Tráfico tienen la potestad de inmovilizar el vehículo aunque haya niños pequeños en el interior del mismo en el caso de que se produzca una infracción.

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