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Los casos en los que la DGT no te rebaja el 50 por ciento de la multa

Las multas de tráfico pueden tener una reducción del 50 por ciento en el precio si pagas antes de 20 días y, por supuesto, no recurres. Es un truco que la DGT puso en marcha para reducir el el número de recursos y aumentar la recaudación.

Porque frente a recurrir y perder la opción de que la sanción salga más barata o pagar la mitad, la mayoría de conductores opta por este segundo caso. Entre otras cosas, porque nadie garantiza que el recurso vaya a darte la razón y, por tanto, no vayas a tener que pagar la multa correspondiente.

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La DGT no realizará esta rebaja del 50 por ciento del importe con las siguientes infracciones

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Uso de inhibidores o detectores de radar.
Si te sancionan por conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar o mecanismos que interfieran en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico no tendrás derecho a la reducción en el importe de la sanción.

No identificar correctamente al conductor responsable de la infracción.
La DGT asegura que falsear la identificación del conductor responsable de una infracción evita que te puedas acoger a esa rebaja del 50 por ciento en el importe de la multa.

Hacer obras sin autorización o sin señalización correspondiente.
Si se realizan obras en la vía que no cuenten con la autorización correspondiente, o no se instale la señalización correspondiente o se haga de manera incorrecta tampoco habrá derecho a la reducción. Así como la retirada, ocultación, alteración o deterioro de la señalización permanente u ocasional.

Incumplir normas que afecten a la seguridad vial
Cuando no se cumpla la normativa establecida para las actividades industriales que afectan de manera directa a la seguridad vial tampoco nos podremos ahorrar ese 50 por ciento de rebaja.