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Solo en estos cuatro casos podrás circular por la M-30 con tu coche sin etiqueta de la DGT

Solo en estos cuatro casos podrás circular por la M-30 con tu coche sin etiqueta de la DGT.

Y es por ello que en este artículo vamos a daros bastante información sobre este tema que se encuentra tan candente últimamente.

Como sabéis, la segunda fase de Madrid ZBE quiere convertir prácticamente a toda la ciudad en una Zona de Bajas Emisiones y ha comenzado desde el día 1 de enero de este año.

Pues, en esta etapa se va a vetar el acceso además de la circulación a aquellos vehículos que carezcan de etiqueta de la DGT por esta zona, la M-30.

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Sobre la zona M-30 y quién va a poder circular por ella

Todo lo comentado anteriormente va a significar que, en el caso de que un usuario empadrone el coche sin distintivo no va a poder circular por la zona M-30.

En el caso de que el coche pague el impuesto de circulación en todo el municipio de la comunidad que no sea Madrid capital, va a sufrir la restricción.

Entonces, ¿qué tipo de coches que carecen de dicha etiqueta?, pues tenemos que decirte que esto va a depender de la norma Euro del motor del automóvil y va a variar según si se trata de diésel o de gasolina:

  • Loas coches que sean de gasolina que no lleguen a cumplir con la normativa Euro 3 que estén matriculados antes del 2001.
  • Los vehículos que sean de diésel que no cumplan la normativa Euro 4 o la anterior, que suelen estar matriculados antes del año 2006.