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Los coches que no podrán trasladar niños en España a partir del 1 de octubre

A partir del 1 de octubre, un nuevo reglamento de la Dirección General de Tráfico (DGT) cambiará la manera en que las familias pueden disfrutar de ciertos coches en España. Esta normativa, que ha pasado casi desapercibida entre el público, prohíbe que los menores de 135 cm de altura viajen en coches históricos que no estén equipados con cinturones de seguridad. Aunque el foco del reglamento ha sido la simplificación del proceso para que un vehículo pueda clasificarse como histórico, esta restricción añade un matiz significativo que afectará a muchos aficionados de los coches clásicos.

El nuevo reglamento ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.) y, aunque ha generado interés por las facilidades que ofrece para circular con vehículos antiguos en Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), el detalle de la prohibición sobre el transporte de menores ha pasado inadvertido. La DGT ha introducido esta restricción como parte de un paquete más amplio que incluye medidas de seguridad vial. La normativa establece que en vías interurbanas, los menores de estatura igual o inferior a 135 cm no pueden viajar en vehículos que carezcan de cinturones de seguridad, lo que afecta de manera directa a muchos coches históricos.

¿Cuáles son los coches que no podrán trasladar niños en España a partir del 1 de octubre?

¿Cuáles son los coches que no podrán trasladar niños en España a partir del 1 de octubre?

Uno de los puntos más problemáticos de esta nueva regulación es que muchos vehículos antiguos no cuentan con cinturones traseros, ya que su uso no se volvió obligatorio en España hasta 1992. Muchos coches clásicos, especialmente aquellos fabricados en los años 60 y 70, solamente cuentan con cinturones en los asientos delanteros. Esto significa que aquellos propietarios que deseen llevar a sus hijos en un paseo familiar o asistir a concentraciones de automóviles clásicos se verán obligados a reconsiderar sus planes. La normativa limita efectivamente la capacidad de disfrutar de estos vehículos en entornos que requieren la seguridad adecuada para los más pequeños.

La prohibición se alinea con las normativas de seguridad más amplias que exigen el uso de sistemas de retención infantil, como las sillitas, para los niños que miden menos de 1,35 m. Sin embargo, muchos modelos clásicos no tienen los anclajes Isofix necesarios para asegurar estas sillitas de manera adecuada, lo que crea un dilema para los propietarios que desean disfrutar de sus vehículos mientras cumplen con la legislación. Esta situación puede llevar a una reducción significativa en el uso de coches históricos en familia, lo que es un gran revés para los entusiastas y coleccionistas de los automóviles.

Las sanciones para aquellos conductores que no cumplan con la normativa de la DGT

Las sanciones para aquellos conductores que no cumplan con la normativa de la DGT

Las sanciones por infringir esta nueva regulación son igualmente severas. Si un conductor es sorprendido transportando a un niño en un asiento sin cinturón o sin el sistema de retención correspondiente, se enfrenta a una multa de 200 euros y la pérdida de 4 puntos en su licencia de conducir. Estas penalizaciones son similares a las que se aplican a quienes no llevan el cinturón de seguridad. Esto subraya la seriedad con la que la DGT aborda la seguridad vial y la protección de los más pequeños en la carretera.

No obstante, existe una excepción que podría beneficiar a algunos propietarios de coches históricos. Si un vehículo tiene cinturones delanteros, es posible instalar un sistema de retención infantil en el asiento del acompañante, siempre que se utilice el cinturón correspondiente. Sin embargo, los asientos traseros, que carecen de las medidas de seguridad pedidas, pueden ser ocupados solo por adultos o por niños que superen la altura mencionada anteriormente (135 centimetros), limitando aún más las opciones para las familias.