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¿Puedo conducir estando de baja laboral? Esto es lo que dice la ley

Esta es la pregunta del millón y la que muchísimos conductores se hacen a diario: ¿Puedo conducir estando de baja laboral? No hay una respuesta categórica, porque todo depende del motivo de la baja, de las recomendaciones médicas e incluso de los medicamentos que puedas estar tomando. Como para todo en la vida, solo tenemos que utilizar el sentido común.

No hay ningún apartado concreto de la legislación laboral ni del Reglamento General de Circulación que autorice o prohíba conducir con la baja laboral. Sin embargo, tenemos que saber que estar de baja es sinónimo de tener una incapacidad laboral que nos impide realizar nuestra actividad. Puede ser por enfermedad común o por un accidente de trabajo, pero lo que nos permitirá saber si podemos o no conducir es la causa de la baja médica.

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Utiliza el sentido común

Vendaje en la rodilla
Fuente: Fundación MAPFRE

La mejor manera de acertar, como para todo en la vida, es utilizar el sentido común. Si estás de baja por haberte roto una pierna, un brazo o tener un esguince en el tobillo, es lógico que no vas a poder conducir. Ahora bien, ¿qué ocurre, por ejemplo, si estamos de baja por ansiedad, cervicalgia o lumbago? En esos casos, es el médico quien tiene siempre la última palabra.

Por ejemplo, la ansiedad es un transtorno que afecta a más de 300 millones de personas en todo el mundo, según datos de la Organización Mundial de la Salud. Y las personas que están de baja por este motivo, necesitan un informe positivo de un psicológo o psiquiatra para volver a trabajar y también para poder renovar el carnet de conducir.

Además, también hay que tener en cuenta que los medicamentos para la ansiedad o la depresión afectan a la capacidad de concentración, reacción y coordinación. Además, suelen tener muchísimos efectos secundarios incompatibles con la conducción, de ahí que aparezca un pictograma que informa de que no se puede conducir.

¿Y si estamos de baja por cervicalgia, lumbalgia o alguna afección de la espalda? Por ejemplo, la cervicalgia provoca dolor intenso de cuello, rigidez muscular y en los casos más graves, fuertes dolores de cabeza, vértigos o mareos. Lógicamente, no podrás conducir hasta que un médico lo autorice, y lo mismo con la lumbalgia. Además, tampoco es recomendable ponernos al volante si estamos tomando relajantes musculares.