Una manía que parece entrar en la jurisdicción más personal. Porque esto, a fin de cuentas, parece un tema de comodidad, de elección individual, de priorizar el confort a la hora de conducir… ¿Tacones sí o no? Esta es, quizá, una de esas preguntas difíciles de responder porque, si lo has buscado, verás que no está prohibido de manera expresa en el reglamento.
Algunas se apañan mejor, a otras ni se les pasaría por la cabeza, pero lo que es cierto es que este tema va mucho más allá de la comodidad, las preferencias, gustos o apetencias… es un asunto de seguridad. Aunque la legislación no sea muy clara en la pregunta concreta de los tacones, sí lo es en cuanto a seguridad se refiere y aquí es donde pueden llegar los problemas en alguno de tus viajes.
1¿Se puede conducir con tacones?
Como hemos deslizado, si la legislación no incluye ningún párrafo determinado dedicado a los tacones entonces todo dependerá de la interpretación de las normas de circulación que haga el agente de turno que te pare, siempre con el pretexto de la seguridad en la cabeza. Y es que la cuestión no es si está permitido conducir con tacones o no, sino, más bien, si conducir de esa manera pone o no en peligro la seguridad del conductor, los pasajeros y el resto de usuarios de la vía.
Si la respuesta a esto es afirmativa, el agente puede valorar que estás poniendo en serio peligro tu seguridad y la del resto de los ocupantes, lo que sí supondría sanción… ¿Pero en base a qué?