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Copiloto, la DGT también te puede multar a ti siendo acompañante

Hoy hablaremos sobre este tema: copiloto, la DGT también te puede multar a ti siendo acompañante.

Han entrado en vigor unas nuevas que ha impuesto la Dirección General de Tráfico y siempre piensa en que los conductores tienen que tener cuidado con la carretera.

No paran de aumentar las sanciones contra los excesos de velocidad, el alcohol y las drogas además de que se está protegiendo y mucho la figura de los ciclistas.

Es cierto que cuando hablamos de multas las miradas se suelen centrar en los conductores pero, ¿qué hay de los pasajeros?

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El copiloto ha de hacer caso a lo que diga el conductor

Es bien sabido que a muchos conductores les gusta ir acompañados en cualquier tipo de viaje pero siempre hay que ir con precaución.

En el caso de que vayas a conducir y lleves a gente contigo has de tener en cuenta todas estas actitudes de cara a tus pasajeros.

Lo primero que hay que tener en mente es que la seguridad vial es importante y la seguridad dentro del vehículo también.

El artículo número 18 del Reglamento de Circulación habla de que los agentes pueden llegar a interpretar estas posturas como contrarias a lo que está estipulado.

Además el conductor tiene la obligación de mantener la propia libertad de movimientos además de que tiene que contar con un campo bueno de visión.

Con esto lo que se quiere dar a entender es que el conductor no puede estar conduciendo y diciéndole al copiloto cómo se tiene que sentar.

El copiloto ha de tener suficiente conciencia como para saber que en el vehículo en el que se encuentra tiene que sentarse de forma correcta.