Nos ha costado, pero parece que volvemos poco a poco a la antigua normalidad prepandémica. Esa en la que no teníamos que llevar mascarilla ni siquiera dentro de los establecimientos. Y es que el pasado 19 de abril, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto con el que las mascarillas dejaron de ser obligatorias en prácticamente todos los espacios interiores.
El Real Decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) llegó justo 700 días después de que se hiciera obligatorio el uso de las mascarillas (20 de mayo de 2020). Aún así te recomendamos que no te desagas de ellas. De hecho, siempre deberías llevar una contigo porque hay lugares en los que seguirá siendo obligatoria, al tratarse de escenarios vulnerables como, por ejemplo, los centros médicos, pero también en nuestro día a día sobre ruedas.
2La mascarilla en el transporte público
En el transponte público no hay ninguna excepción porque se trata de espacios reducidos en los que se concentra un considerable número de personas y esto impide que se pueda respetar la distancia mínima de 1,5 metros. Así pues, la mascarilla será obligatoria en el transporte “aéreo, por ferrocarril, por cable, en los autobuses, en los transportes públicos de viajeros y en los barcos cuando no se pueda mantener la distancia de 1,5 metros”.
En el caso de los barcos hay un pequeño matiz: se refiere a los espacios cerrados de buques y embarcaciones así como a los camarotes cuando sean compartidos, ya que en las zonas exteriores no será necesario. Por cierto, ya te podrás despedir con total normalidad de tus seres queridos, porque en los andenes y en los accesos a las estaciones de transporte público la mascarilla no será obligatoria.