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Conducir con chanclas: ¿Te puede multar la DGT?

Con los diferentes de cambios de normativa de la DGT, no puedes olvidarte de las reglas ya conocidas. Debido a la llegada del verano, las temperaturas van a aumentar y son muchos los conductores que se animarán a conducir descalzos, chanclas o incluso sin camiseta. Pero, ¿está permitido? La realidad es que en el Reglamento General de Circulación no aparecen estas infracciones, aunque esto no significa que estén libres de multas.

A continuación, en el artículo te contaremos más detalles sobre esta disposición que pone en alerta a los conductores.

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¿Se multa por circular de estas formas?

¿Se multa por circular de estas formas?

Eventualmente, la mayoría de los propietarios se quejan del desamparo ante la ley, y es que además no hay una disposición clara al respecto. Pues, ningún artículo del código de circulación dice nada preciso sobre este tema, pero el conductor se expone a una falta si no posee el calzado adecuado o va descalzo. Por tanto, las autoridades pueden denunciar los hechos y sancionar al implicado si consideran que está incurriendo en conducción negligente, la infracción es grave y la multa es de 200 euros.