La DGT hace mucho hincapié en proceder con la precaución debida ante una operación de compra venta de un vehículo usado o segunda mano. Esto es así por las constantes complicaciones administrativas y legales que se derivan de los procesos de este tipo que se hacen sin la diligencia correspondiente y con falta de información.
3Antes de realizar la venta y traspasar el vehículo
En el caso de que el vehículo estuviera en situación de baja temporal, antes de realizar la notificación de venta, debes dar de alta el vehículo. Y es que has podido, por ejemplo recibir en herencia un vehículo que esta dado de baja. Para librarte de complicaciones asegúrate de los siguiente, mediante un informe que la DGT te puede proporcionar tras dar de alta el vehículo:
- Impuesto de Circulación del año anterior abonado. Un vehículo sin los impuestos locales al día no puede ser transferido.
- Posibles sanciones impuestas por infracciones del vehículo abonadas. Un vehículo con sanciones no puede ser transferido.
- Libre de cualquier limitación de disposición (reserva de dominio) que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles, salvo consentimiento expreso de la Financiera o subrogación por parte del comprador.
- Libre de embargos y precintos. Si el vehículo tiene un embargo o un precinto tendrás que informar al comprador y si está conforme con la situación, para poder realizar la venta, deberá firmar un documento en el que indique que es conocedor de dicha situación.