Conducir excediendo el límite de alcohol o después de haber consumido drogas está detrás de la mitad de los fallecimientos en accidentes de circulación. Por eso, la Dirección General de Tráfico, DGT, pone en marcha durante esta semana una campaña especial en la que intensificará la vigilancia sobre el riesgo que supone mezclar el consumo de alcohol y drogas con la conducción.
Según la DGT, el consumo de este tipo de sustancias es uno de los tres factores principales de riesgo en los siniestros de tráfico, tanto en los mortales como en los accidentes con víctimas. Por eso, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil (ATGC) intensificarán durante estos días los controles y establecerán diferentes puntos de control en todo tipo de carreteras y a cualquier hora del día con el objetivo de evitar que personas que hayan ingerido alcohol o hayan consumido drogas se pongan al volante.
Además, la DGT también ha pedido colaboración a los ayuntamientos de más de 25.000 habitantes para que se sumen a la campaña, con el establecimiento de controles en sus respectivos cascos urbanos.
4Superar las tasas permitidas puede ser delito
Los delitos contra la seguridad en el tráfico están tipificados en el Código Penal y, según los datos de la Fiscalía de Seguridad Vial, en 2022 se produjo un crecimiento de los mismos, lo que supuso que 59.461 personas fueron condenadas por delitos de conducción bajo la influencia del alcohol y/o drogas, la cifra más alta desde la reforma del Código Penal de 2007.
En concreto, el año pasado la Fiscalía presentó un total de 105.078 escritos de acusación por delitos viales, los tribunales dictaron 104.660 sentencias condenatorias y se incoaron 137.406 procedimientos por delitos contra la seguridad vial, lo que supone un incremento del 9,1% con respecto a 2021.
Conducir con tasas de alcohol superiores a 0,50 mg/ en aire o 1,2 g/l en sangre puede suponer prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.
En el caso de las drogas, conducir bajo la influencia de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas puede acarrear prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.
Además, la negativa de someterse a las pruebas de alcohol y drogas puede acarrear prisión de seis meses a un año y privación del carné de conducir de uno a cuatro años.