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La DGT te dice lo que debes tener en cuenta si compras un coche de segunda mano

El desabastecimiento de chips, que ha ralentizado las entregas de coches nuevos, está haciendo que muchos compradores busquen en el mercado de segunda mano. La oferta de estos vehículos escasea y su precio se ha disparado, subiendo el doble que el de los nuevos. Pero, según la DGT, si vas a comprar un coche usado, conviene que no solo tengas en cuenta el precio, sino también ciertos aspectos para que la adquisición se produzca de la manera más segura posible y no te den ‘gato por liebre’.

La DGT ha publicado en sus redes sociales las claves que hay que tener en cuenta a la hora de comprar un usado «para hacer la operación más sencilla y evitar problemas». Según el citado organismo, lo más importante es verificar el estado del vehículo y comprobar que está libre de cargas. Además, te será de gran ayuda consultar en su página web todas sus recomendaciones para comprar coche de segunda mano y evitar problemas. Estos son los consejos de la DGT para comprar un usado.

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Comprobar que el vehículo es transferible y está libre de cargas

Coche de segunda mano: lo más económico

Otra de las comprobaciones más importantes a la hora de comprar un coche de segunda mano es saber si está libre de cargas ya que, en caso contrario, no podrá ser transferido.

Para comprobar las cargas del vehículo, la DGT recomienda solicitar un informe reducido del mismo, que es gratuito y ofrece información que permite confirmar la correcta identificación del vehículo, comprobar si el vehículo está de alta e información de si existe alguna incidencia, carga o impedimento a la hora de circular que pudiera afectar al vehículo.

Si en el informe reducido se comprueba que el vehículo tiene alguna incidencia, la DGT aconseja pedir un informe detallado, que puedes solicitar a través de su web, en la app miDGT, por teléfono o de forma presencial y que cuesta 8,67€ (hay que abonar la tasa 4.1).

Entre las posibles cargas de un vehículo están no haber abonado el impuesto de circulación del año anterior, posibles sanciones impuestas por multas, embargos o precintos y limitaciones para su venta inscritas en el Registro de Bienes Muebles.