La DGT lo deja claro: Esta es la edad mínima para llevar a tu hijo de paquete en una moto.
¿La normativa qué dice?, pues la normativa permite que cualquier adulto pueda llevar a un niño que tenga 12 años en ciclomotores y en motocicletas.
Pero en todo momento hay que tener mucho cuidado y siempre ha de ir el niño o la niña acompañado de un adulto.
¿Qué ocurre si al adulto se le ocurre llevar a un niño de paquete de forma ilegal?, pues aquí vais a saber la respuesta.
2La DGT te informa de cuándo podrás montar con tu hijo en la moto
Todo conductor y todo padre tiene que caer en la cuenta de que llevar a un menor de edad en una moto siempre va a resultar peligroso.
El Reglamento General de Circulación especifica bien que en una moto pueden viajar un pasajero que tenga más de 12 años haciendo uso del casco.
También este artículo número 12 habla de que todo esto ha de estar especificado en el permiso de la moto y hay que cumplir con una serie de condiciones o requisitos.
El menor de edad tiene que ir a horcajadas además de que ha de ir con los pies apoyados en los reposapiés de los laterales.
Es decir, el menor de edad no puede ir en la moto de cualquier manera sino que se ha de usar un asiento para que vaya de forma correcta detrás del conductor.
De forma excepcional aquellos que sean mayores de 7 años van a poder circular en motos o en ciclomotores pero éstos tendrán que ser conducidos por los padres.
Y hay que añadir algo más que tiene que ver con llevar en todo momento un casco que se encuentre homologado y hay que cumplir con todas las prescripciones que marca la ley.