Esta nueva disposición se refiere a la eliminación de la palabra «utilizar» a la hora de sancionar. Lo anterior, hace referencia al dispositivo móvil y al conductor. Es decir, ahora la DGT te puede multar por, simplemente, conducir sujetando con las manos estos artefactos de telefonía -aunque sea para mirar de reojo su pantalla, o cambiario de sitio dentro del habitáculo-.
A continuación, en el artículo te contaremos otros detalles de esta legislación para los conductores.
7Apoyo magnético
Este se caracteriza por ser flexible a todos los dispositivos móviles, por lo que dará igual el tamaño. Asimismo, la única condición será que tendremos que fijar una etiqueta magnética en la funda que emplearemos para el teléfono. Aun cuando este se puede llevar por dentro, otra opción sería contar directamente con una carcasa protectora que posea este imán. La mayoría de los conductores españoles eligen esta primera alternativa.