Para evitar sanciones de la DGT, las personas que posean animales deben conocer las normas que les aplican y lo que se debe hacer y evitar. Si las cumplimos contribuiremos a mejorar la Seguridad Vial en beneficio propio y del resto de la sociedad.
5Las multas de la DGT por animales en el coche
La DGT impone multas que oscilan entre los 80 euros si el animal va suelo en el coche y de entre 200 y 500 euros si está situado en el habitáculo del conductor. Unas imprudencias que no acarrean pérdida de puntos del carnet.
La Dirección General de Tráfico no tiene una normativa específica que regule el transporte de mascotas. No obstante, el artículo 18.1 del reglamento advierte de ciertas obligaciones del conductor. «El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos».
La ambigüedad del reglamento ha generado que algunas personas sean sancionadas a pesar de que un perro estuviera atado con su collar a un cinturón homologado. El problema está en que ese sistema de retención tiene bastante holgura, por lo que el animal tendría suficiente capacidad de movimiento como para interferir en espacio del conductor y ocasionar una situación de peligro.