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¿Me puede multar la DGT por conducir con gorra?

La interpretación que los agentes de la DGT hagan de la situación, puede responder a la pregunta, y lo que la ley explica, deja en evidencia la falta de criterio legislativo y la predominancia de la incertidumbre.

El reglamento permite concienzudamente la protección contra las radiaciones solares para mejorar en viaje y la conducción, y por otra parte prohíbe la actitudes y comportamientos, incluida la vestimenta del conductor, que puedan entorpecer el control del vehículo ante un imprevisto.

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Posibles sanciones

Multado  DGT por gorra

A la hora de ponerse tras el volante de un coche, hay que mantener buenas costumbres en cuanto al vestuario. Aunque implícitamente no está prohibido conducir con chanclas, en bañador, sin camiseta o con ropa inapropiada, será el agente de tráfico el que determine si con esas vestimentas se está interfiriendo en la conducción. 

Existe una posibilidad de que sancionen a un conductor por portar una gorra o un sombrero, y es que el agente de tráfico decida que impide mantener la atención sobre la circulación. O que tapa los oídos obstruyendo la audición, por lo que el conductor no estaría en disposición de escuchar el tráfico a su alrededor.

Esta infracción —si así lo considera el agente— puede acarrear una sanción de entre 80 y 200 euros dependiendo de la gravedad y sin pérdida de puntos.

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