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La justicia planta cara a la DGT: esta habitual multa de tráfico queda anulada

El año 2023 ha resultado ser un año repleto de novedades y desafíos para la Dirección General de Tráfico (DGT) y los conductores en España, todo gracias a las reformas introducidas por la nueva Ley de Tráfico en 2022. La DGT ha estado ocupada comunicando los cambios normativos que entraron en vigor durante los primeros meses del año pasado, así como la nueva regulación para la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) en nuestro país.

Pere Navarro, el director de la DGT, tiene un objetivo claro: reducir drásticamente la cifra de accidentes en las carreteras españolas. Esto se vuelve especialmente importante después de un año trágico en 2021 en cuanto a la cantidad de accidentes mortales en España, a pesar de que 2020 estuvo marcado por la pandemia. Aunque las autopistas y autovías en España se han vuelto más seguras, con una disminución notable en las tasas de mortalidad en el último año, todavía existen problemas pendientes, como los peligrosos «puntos muertos», que afectan principalmente a los vehículos pesados y representan un riesgo significativo en las carreteras españolas.

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El endurecimiento de los radares

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Uno de los aspectos más controvertidos de las medidas implementadas para mejorar la seguridad vial y aumentar la recaudación de fondos ha sido el endurecimiento de los radares de velocidad. Esto implica la reducción del margen de error que se otorga a los conductores por posibles discrepancias entre la lectura del radar y la velocidad real de los vehículos. Este cambio ha llevado a que los radares sancionen con mayor severidad, a menudo superando los límites establecidos por la normativa de la Unión Europea.

En este contexto, surgió un caso particular que generó controversia y, finalmente, llevó a la anulación de una multa por exceso de velocidad. Una conductora de Madrid había sido sancionada con una multa de 300 euros y la pérdida de dos puntos del permiso de conducir. La infracción se produjo en una vía con un límite de velocidad de 90 kilómetros por hora, y el radar la registró circulando a 121 km/h, lo que representaba un exceso de 31 km/h por encima del máximo permitido. Esta velocidad se encontraba justo en el umbral entre la sanción menos grave (100 euros y sin pérdida de puntos) y la siguiente en gravedad, que fue la impuesta.

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