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La DGT te puede multar por la bola del remolque

Un requisito básico para la DGT es que la bola de remolque debe estar siempre homologada. Su instalación es sencilla si no la hemos montado directamente como opción en nuestro coche, en caso de que lo ofrezca el fabricante. Pero en cualquier caso debe estar bien instalada técnicamente y ajustada a la normativa vigente.

Ya sea fija, abatible o con cabezal desmontable, debe estar registrada adecuadamente en la ficha técnica de nuestro vehículo. Si no, podremos ser multados por la DGT.

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Circular con la bola del remolque


En el Código de Circulación de la Dirección General de Tráfico (DGT) no hay ningún apartado específico que obligue a desmontar la bola de remolque cuando no es utilizada. Por tanto, esta norma se aplica a todos los tipos de enganche, da igual que sean fijos, retráctiles o desmontables. En caso de las bolas de remolque retráctiles, que suelen ofrecer algunos fabricantes, tienen la ventaja que ésta se puede ocultar directamente cuando no la estamos utilizando.
En cualquier caso es legal circular con la bola del remolque colocada en su sitio, aunque existen ciertas excepciones que de manera indirecta pueden hacer que te multen.