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La DGT te puede multar por la bola del remolque

Un requisito básico para la DGT es que la bola de remolque debe estar siempre homologada. Su instalación es sencilla si no la hemos montado directamente como opción en nuestro coche, en caso de que lo ofrezca el fabricante. Pero en cualquier caso debe estar bien instalada técnicamente y ajustada a la normativa vigente.

Ya sea fija, abatible o con cabezal desmontable, debe estar registrada adecuadamente en la ficha técnica de nuestro vehículo. Si no, podremos ser multados por la DGT.

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¿Cuándo te puede multar la DGT?

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Te pueden multar si la bola del remolque dificulta la lectura de la matrícula. Así se especifica en el artículo 9.2 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial: “el conductor deberá verificar que las placas de matrícula del vehículo no presentan obstáculos que impidan o dificulten su lectura e identificación”. Si tu bola del remolque supone un obstáculo para la matrícula, los agentes de la DGT te pueden multar con una sanción grave que te costará 200€.