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La DGT te puede multar por la bola del remolque

Un requisito básico para la DGT es que la bola de remolque debe estar siempre homologada. Su instalación es sencilla si no la hemos montado directamente como opción en nuestro coche, en caso de que lo ofrezca el fabricante. Pero en cualquier caso debe estar bien instalada técnicamente y ajustada a la normativa vigente.

Ya sea fija, abatible o con cabezal desmontable, debe estar registrada adecuadamente en la ficha técnica de nuestro vehículo. Si no, podremos ser multados por la DGT.

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No puede interferir en el alumbrado

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También tendrás que asegurarte de que la bola del remolque que tienes instalada en tu vehículo no interfiera en el alumbrado del vehículo. Esta norma se establece en el artículo 14.1.d) del Reglamento General de Circulación que dispone lo siguiente: “la carga y los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento deben estar dispuestos de tal forma que no puedan ocultar los dispositivos de alumbrado o señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios”.
Si llevas una bola de remolque puesta en el vehículo tienes que asegurarte de que no tapa ni la matrícula, ni los pilotos luminosos. Será el propio agente que te pare el que tenga potestad para determinar si interfiere con alguno de estos elementos importantes.