Para la DGT los cambios en la movilidad por la transición energética y los avances tecnológicos, supone el principal motivo de adecuación de las normas de circulación, lo que lleva a modificar las multas, aportando nuevas y derogando otras.
Hoy repasaremos aquellas multas que con la reforma de la ley de trafico han desaparecido o modificado y que siempre deberás tener en cuenta.
3La documentación es obligatoria, su presentación opcional
Esto implica una pequeña revolución en las sanciones. De una parte y debido a que la velocidad y las distracciones, por el uso de dispositivos móviles, no disminuyen, la nueva ley de trafico endurece las multas de estas infracciones.
Pero en contra partida la DGT tiene a bien flexibilizar otros aspectos de la normativa, como por ejemplo, la obligación de llevar físicamente, la documentación acreditativa respecto del conductor y del vehículo. Para nada renuncia la Dirección de Trafico a que sea obligatorio poder identificarse, simplemente habilita las opciones digitales para tal efecto.
Es decir, te multaran por no llevar la documentación, pero llevándola en el móvil a través de la propia aplicación de la DGT, Mi DGT, evitaras la sanción.